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Enrique Peña veta la #Ley3de3 ante inquietudes de los empresarios

El mandatario también realizó una petición al Congreso de la Unión para tener un periodo extraordinario y realizar el análisis pertinente.
vie 24 junio 2016 08:24 AM
empresarios ley 3de3
empresarios ley 3de3 - (Foto: Cuartoscuro)

El presidente Enrique Peña Nieto hizo efectivo el poder de veto que tiene y devolvió este jueves al Congreso el artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, mejor conocida como #Ley3de3.

El anuncio lo informó Humberto Castillejos, consejero jurídico del Ejecutivo federal.

"La devolverá para el análisis del artículo 32 con los incisos B y C, así como otros 15 artículos relacionados con el mencionado(…) estos artículos señalan que todo particular todo individuo y empresa que reciba o ejerza recursos públicos debe presentar sus declaraciones patrimoniales”, dijo Castillejos.

"También inhibiría a los particulares de prestar servicios o vender productos a gobiernos", agregó el consejero.

Castillejos dijo también que el mandatario solicitará al Congreso de la Unión un periodo extraordinario para examinar la ley.

Las leyes anticorrupción causaron inquietud entre organizaciones de la sociedad civil y empresarios luego de su aprobación el pasado 16 de junio en un periodo extraordinario de sesiones.

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El sector empresarial pedía revisar los artículos 29 y 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, los cuales señalan que las declaraciones patrimoniales y de posibles conflictos de intereses serán públicas, salvo cuando esto afecte la vida privada o datos personales protegidos.

De acuerdo con las organizaciones sociales, la ley no es suficientemente clara respecto a los rubros que deben hacerse públicos.

Durante una reunión el pasado miércoles,  los líderes empresariales manifestaron al presidente Enrique Peña Nieto  sus preocupaciones sobre la constitucionalidad de algunos artículos aprobados.

Recomendamos: ¿De qué tratan las 7 leyes del sistema nacional anticorrupción?

Las letras chiquitas del Sistema Nacional Anticorrupción

Las leyes anticorrupción han causado inquietud, particularmente en torno al llamado #3de3, pero estos ordenamientos contienen otros aspectos que provocan dudas sobre cómo funcionará el nuevo Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) para combatir las prácticas deshonestas en el servicio público.

Entre los más de 800 artículos que integran el Sistema, presentamos otros datos que aún provocan confusión o incertidumbre.

¿Quiénes serán los ciudadanos dentre del SNA?

El Senado de la República elegirá a un comité de selección para designar a los cinco integrantes del Comité de Participación Ciudadana, quienes no serán considerados servidores públicos.

Dado que su régimen de contratación será por honorarios, estos ciudadanos no estarán obligados a presentar su #3de3.

Tampoco se sabe todavía cada cuándo se reunirán, debido a que en la legislación no se estableció una periodicidad.

¿Habrá sanciones al Presidnente?

Las nuevas leyes anticorrupción consideran entre los entes públicos al Poder Legislativo y al Judicial, a órganos constitucionales autónomos, dependencias de la administración pública federal... pero dejan fuera al titular del Ejecutivo.

Sin embargo, como las faltas administrativas graves tienen un plazo de prescripción de siete años, si el presidente de la República comete alguna de ellas, podría ser sancionado al término de su mandato.

Recomendamos: Una a una de qué tratan las siete leyes del Sistema Nacional Anticorrupción

¿Hay protección de denunciantes?

La reforma anticorrupción carece de un esquema de protección a testigos y denunciantes de hechos de corrupción. A diferencia de cómo funciona en otros países, los informantes no gozarán de garantías ni medidas de custodia básicas si realizan alguna revelación o plantean quejas en casos de presuntos actos indebidos.

¿Y la autonomía de la Fiscalía?

El nombramiento del fiscal anticorrupción será avalado por dos terceras partes del Senado, pero a propuesta de la Procuraduría General de la República (PGR), que también podrá removerlo.

Este procedimiento, a decir de algunas organizaciones, resta autonomía e independiencia al órgano pues aunque no estará subordinado a la PGR sí deberá mantenerla informada sobre sus actividades, además de que los nombramientos que le corresponden serán presentados antes a la Procuraduría.

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