El Gobierno federal busca impedir nuevo poblado en la isla de Holbox
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) interpusieron una controversia constitucional contra el Programa de Desarrollo Urbano del Municipio de Lázaro Cárdenas, Quintana Roo.
En un comunicado, la Semarnat indicó que el Programa de Desarrollo Urbano, que se publicó apenas el viernes 13 de abril pasado, además de inconstitucional pone en riesgo la conservación de la riqueza natural de Holbox y Yum Balam.
De igual manera, refiere que el Programa invade competencias de la esfera federal y rompe los acuerdos tomados en el Consejo Asesor.
De acuerdo con la información, la isla de Holbox forma parte del Área Natural Protegida (ANP) Yum Balam, que se ubica al norte del estado de Quintana Roo y fue decretada desde 1994 como Área de Protección de Flora y Fauna (APFF).
La medida se dio para proteger cuatro especies de manglar, selvas, lagunas y dunas costeras, arrecifes coralinos, playas de anidación de tortugas marinas, jaguares, sitios de reproducción del flamenco rosado, de agregación de tiburón ballena y más de 1,100 especies, de las cuales 112 están en alguna categoría de riesgo.
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Se establece que durante los últimos dos años, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) ha trabajado en el Programa de Manejo junto con el Consejo Asesor en más de 30 reuniones, fortaleciendo y enriqueciendo las medidas necesarias.
Ello, para garantizar un equilibrio sano entre desarrollo y conservación que permita un turismo sustentable de bajo impacto, priorizando siempre la preservación de los ecosistemas y sus servicios ambientales.
Sin embargo, señala que el viernes 13 de abril se publicó el Programa de Desarrollo Urbano del Municipio de Lázaro Cárdenas, que establece la creación de un nuevo centro de población en la Isla Grande de Holbox, a lo largo de 22 kilómetros de la duna costera que no ha sido perturbada y que se encuentra en perfecto estado de conservación.
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La Semarnat en su comunicado señala que esta publicación contraviene el artículo 46 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente (LEGEPA), la que entatiza que "En las Áreas Naturales Protegidas, no podrá autorizarse la fundación de nuevos centros de población".
Por ello, se puntualizó que la Semarnat y la Conanp iniciaron la controversia constitucional.