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El INAI ordena a Conagua difundir estudio hidrológico para obras del NAIM

El INAI argumenta que la Conagua no realizó debidamente el procedimiento de búsqueda del documento que muestra las implicaciones ambientales del ya cancelado Nuevo Aeropuerto de Texcoco.
mar 12 marzo 2019 01:25 PM
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Luego de que la Conagua respondiera a un particular que la información que solicitó era inexistente, el interesado ingresó un recurso de revisión ante el INAI, argumentando que el documento fue entregado al equipo de transición de Enrique Peña Nieto en 2012.

CIUDAD DE MÉXICO. El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó el lunes a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) buscar y entregar el documento denominado Consideraciones hidrológicas y ambientales para el posible desarrollo de infraestructura aeroportuaria en el Lago de Texcoco.

Al presentar el caso ante el pleno, Joel Salas Suárez, comisionado del INAI, señaló que el Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM) fue una de las principales obras de infraestructura impulsadas durante la administración del expresidente Enrique Peña Nieto, y que fue criticada por el impacto social y ambiental que causaría a zonas aledañas.

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"Por ley, para todo megaproyecto de infraestructura, deben publicarse los estudios sobre sus implicaciones económicas y ambientales, así como de las acciones mitigantes que se implementarán", señaló en el análisis del recurso de revisión que promovió un particular.

El particular interesado en conocer la información argumentó que, de acuerdo con diversas fuentes noticiosas, el documento fue entregado por la Conagua al equipo de transición del entonces presidente electo Enrique Peña Nieto, en octubre del 2012.

Sin embargo, la dependencia declaró la inexistencia de la información, razón por la que el particular presentó un recurso de revisión ante el INAI.

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Al presentar sus alegatos, la Conagua reiteró su respuesta, pero en el análisis del caso a cargo del comisionado Salas Suárez, se señaló que la Comisión no buscó el documento en todas las áreas competentes.

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Por ese motivo, se determinó que las subdirecciones generales Jurídica y de Planeación, y la coordinación General de Atención de Emergencias y Consejos de Cuenca son unidades a las que no presentó la solicitud y, por sus atribuciones, pueden conocer de la información requerida.

Por lo tanto, se concluyó que Conagua no cumplió con el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley Federal de Transparencia, y el INAI determinó modificar la respuesta del organismo.

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Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales NAIM Comisión Nacional del Agua

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