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Municipios: recursos dispares, mismas obligaciones

OPINIÓN: La diversidad de los 2,445 municipios del país hace imposible que todos puedan atender sus obligaciones en materia de infraestructura.
jue 14 marzo 2013 08:49 AM
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dossiere_municipios - (Foto: Ilustraci�n Ixchel Estrada)

El municipio es la base de la división territorial y la organización política del país, y como tal, le corresponde una variedad de obligaciones en materia de infraestructura, desarrollo territorial y servicios públicos.

Algunas de estas responsabilidades, previstas en las constituciones estatales, son el trazo urbano, la autorización de construcciones, el alineamiento de vivienda, el alumbrado público, el alcantarillado y la pavimentación.

Sin embargo, la legislación es omisa al no distinguir la heterogeneidad existente entre los 2,445 municipios que conforman el país, y las implicaciones que tal variedad genera para el cumplimiento de tan ambiciosas actividades.

Entonces, para entender mejor las diferencias municipales se recurre a la doctrina, que los clasifica en: metropolitanos, urbanos, semiurbanos y rurales.

Los metropolitanos generalmente se encuentran conurbados con los municipios urbanos de las megaciudades, lo que genera problemáticas e intereses comunes y los obliga a diseñar mecanismos de cooperación para atender sus necesidades. Su infraestructura se caracteriza por ser compleja y variada. La población media es de 700,000 habitantes.

Por su parte, los municipios urbanos poseen una infraestructura amplia y desarrollada, capaz de satisfacer la fuerte actividad económica que albergan. La población fluctúa entre los 150,000 y los 600,000 residentes. En contraste, los municipios rurales se identifican por una economía vinculada al sector primario, carecen de infraestructura y equipamiento suficientes para satisfacer la demanda de su población y garantizar el bienestar social. Estos municipios son localidades con menos de 5,000 habitantes.

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En un punto intermedio, se ubican los municipios semiurbanos, aquellos que experimentan un proceso de transición de lo rural a lo urbano.

Desafortunadamente, en materia de infraestructura se caracterizan por la carencia de obra pública y equipamiento adecuado para cumplir sus obligaciones en desarrollo urbano y servicios públicos, particularmente fuera de las cabeceras municipales, que registran un mayor grado de urbanización. La población oscila entre 10,000 y 15,000 residentes.

Según un estudio del Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal (INAFED), que clasifica a los municipios por su naturaleza, en 2006 -cuando los municipios del país sumaban 2,435-, 295 (delegaciones incluidas) eran zonas metropolitanas, 276 tenían más de 15,000 habitantes y 1,867 tenían menos de 15,000 habitantes.

Reconocer esta diversidad económica y poblacional implica admitir la imposibilidad de que cada municipio cumpla cabalmente con las obligaciones antes señaladas.

De acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social (Coneval), el “municipio más rico” del país es la delegación Benito Juárez, en el Distrito Federal. En el otro extremo, San Juan Tepeuxila, en Oaxaca, es el “municipio más pobre” del país.

La delegación Benito Juárez tiene una población de 385,439 habitantes y para este año su presupuesto asciende a casi 1,400 millones de pesos (mdp); mientras que en San Juan Tepeuxila viven 2,773 personas y su arca pública se cifra en 5.2 mdp. De esta forma, la delegación Benito Juárez tiene 50% más recursos per cápita para el cumplimiento de sus obligaciones.

Esto sin considerar la vulnerabilidad de los municipios sobreendeudados, que ya no son sujetos de crédito.

En virtud de lo anterior, esta diversidad reclama cambios en la conceptualización de la planeación territorial y las atribuciones municipales en materia de infraestructura y prestación de servicios públicos.

Una acción en este sentido es la reciente reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal que transformó la Secretaría de la Reforma Agraria en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu).

De acuerdo con la fracción I del artículo 41 de esta ley, corresponde a la secretaría “impulsar, en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento”.

Esta planeación y ordenamiento territorial comprenden entre otras cosas el desarrollo urbano, la infraestructura y el equipamiento, y el desarrollo de vivienda.

Además, como parte de la Política Nacional de Vivienda, la nueva dependencia se instruyó para coordinar y sectorizar a las entidades federales relacionadas con la vivienda, es decir, la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi), la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (Corett) y el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (Fonhapo).

Este rol de cabeza de sector faculta a la Sedatu para suscribir convenios de coordinación con gobiernos estatales y municipales.

No obstante, aún está por verse cuál será el impacto que esta nueva estructura administrativa tendrá sobre los municipios y la mejora de su competitividad en materia de infraestructura y equipamiento.

Por lo pronto, los cambios normativos sugieren que existirá una mayor coordinación entre los tres niveles de gobiernos, lo que se traduciría en que los municipios contaran con más recursos, tanto financieros y económicos como materiales, para solventar sus obligaciones. Asimismo, esta coordinación permitiría un ejercicio más eficiente de los recursos.

El éxito de todas estas medidas redundaría en una mejor calidad de vida y un país más competitivo.

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*Licenciada en derecho por la UNAM. Actualmente es funcionaria de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y profesora de derecho municipal en la Facultad de Derecho de la UNAM.

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