Reformas dan nuevos lineamientos a los anuncios luminosos del DF
Un 33% más brillantes (respecto a la norma anterior), con una duracion de al menos dos minutos y un horario de exhibición que va de las 18:00 a las 6:00 horas.
Así serán los anuncios de publicidad digital en la Ciudad de México, de acuerdo con las adiciones y reformas a la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal que aprobó la Asamblea Legislativa.
Según los legisladores, estos cambios buscan ordenar el tiempo de exposición de los anuncios en las pantallas luminosas; crear nuevos corredores o nodos publicitaros, e imponer sanciones a quienes contraten espacios publicitarios a empresas irregulares.
"Hoy en día hay anuncios que puedes a ver a 10 kilómetros de distancia por su alta luminosidad; y ese es un factor que ninguna autoridad vigila o hace cumplir", dijo Jorge Negrete Vázquez, presidente de la Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano, quien considera que aunque las pantallas estén reguladas por la ley será difícil verificar que acaten el máximo de luminosidad permitida.
Con el voto de todas las bancadas, los diputados avalaron las observaciones realizadas por el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, al decreto por el que se reforma y adiciona la Ley de Publicidad Exterior, con lo que se permite una mayor luminosidad de las pantallas electrónicas: 400 nits de iluminación (antes lo permitido eran 300 nits), en un horario de 18:00 horas a 06:00 horas del día siguiente.
También se aprobó que el tiempo de exposición de las imágenes no sea menor a 2 minutos, para evitar la sobresaturación.
Actualmente no estaba regulado el tiempo de exposición de las imágenes y los cambios de un anuncio a otro eran de unos cuantos segundos.
También se establece que se deberán incorporar el uso de leds para la iluminación de anuncios.
Carlos Hernández Mirón, presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la ALDF, asegura que "se busca reforzar el programa de reordenamiento de la publicidad exterior en toda la ciudad; se mejora la industria y el entorno urbano; y se amplían las posibilidades de sanciones para quienes contraten espacios irregulares o que no estén dentro del padrón de empresas autorizadas”.
El legislador asegura que al establecer la duración fija de una imagen en las pantallas luminosas (2 minutos), se garantiza la seguridad de peatones y conductores, pues ya no se distraen de forma permanente.
"No había un límite establecido para la duración de una imagen en pantallas luminosas, y estás se cambiaban en promedio cada 2 o 3 segundos; con las modificaciones se prohíbe el anuncio de videos o trailers de películas", señaló.
Más corredores
La reforma contempla la ampliación de tres corredores publicitarios y la creación de cinco nuevos, a fin de reducir en una cuarta parte la proliferación de anuncios publicitarios sin control.
Los corredores comprenden la Calzada Melchor Ocampo en un tramo de 3.5 kilometros que va de Marina Nacional al Eje 4 Sur Benjamin Franklin; Boulevar Puerto Aéreo, en un tramo de 4.4 kilómetros que va de Oceanía a Viaducto Río de la Piedad: y Río Churubusco en un tramo de 6 kilómetros.
Los nuevos corredores son: Viaducto Miguel Alemán-Viaducto Río Piedad; la avenida Insurgentes; Constituyentes a partir del Periférico y hacia el poniente; Universidad, de Cuahtémoc al Eje 10 Sur; Cuahtémoc de Viaducto Río de la Piedad al sur.
Sanciones
Con los cambios aprobados será posible imponer un arresto de 24 a 36 horas para cualquier particular que contrate a una empresa que esté fuera del padrón autorizado para la colocación de publicidad exterior, pena que es inconmutable.
Las atribuciones y facultades de sanción seguirán en la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) y el Instituto de Verificación Administrativa del DF (INVEA).
Se estima que la industria de la publicidad exterior genera 2,000 millones de pesos (mdp) al año en la Ciudad de México; y para el país significan 7,000 mdp anuales.
Nuevo reglamento
La Seduvi publicó este miércoles el Manual del Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal.
De acuerdo con lo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los titulares de permisos, licencias y autorizaciones temporales deberán colocar en cada uno de sus anuncios una placa con el nombre o denominación del titular, número del permiso, licencia o autorización temporal, vigencia y ubicación del anuncio.
La instalación de anuncios autosoportados sólo será permitida en gasolineras, centros comerciales, auditorios e inmuebles donde se lleven a cabo espectáculos públicos, exposiciones y ferias.
'Es un avance'
La Asociación Mexicana de Publicidad Exterior (AMPE) consideró un avance la regulación de la luminosidad de pantallas y el esfuerzo por reordenar el sector, sancionando a empresas que cometan actos irregulares que lleven a saturación y contaminación visual.
Nota: Piden retirar voluntariamente publicidad exterior ilegal de inmuebles