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La SEP fija reglas para instalar bebederos escolares

El Consejo Escolar de Participación Social en la Educación (CEPSE) es quien deberá solicitar al Inifed, la colocación de los dispositivos en el plantel.
mié 23 noviembre 2016 09:24 AM
Bebederos Escuelas SEP
Bebederos Escuelas SEP - (Foto: Notimex)
La Secretaría de Educación Pública (SEP), a través del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa (Inifed), dio a conocer los criterios específicos para la instalación y mantenimiento de bebederos escolares del Programa de la Reforma Educativa, para el ciclo escolar 2016-2017.
 
En el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación, la dependencia destaca que el objeto de estos criterios es establecer las bases para la operación del Componente 4 Instalación y mantenimiento de bebederos escolares, a través de los procedimientos para la selección y contratación de las empresas responsables de dichas acciones.

Los contratos se realizarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria autorizada mediante el Fideicomiso Público de Administración y Pago, constituido con el fin de administrar los recursos del Programa de la Reforma Educativa y en atención a los Lineamientos de Operación del mismo.

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El proceso de selección y contratación iniciará con la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y en el portal de internet del Inifed o en cualquier otro medio de difusión que se establezca; y concluirá con la emisión del fallo o, en su caso, la cancelación del procedimiento respectivo.

Previo al inicio de estos procedimientos, el Consejo Escolar de Participación Social en la Educación (CEPSE) solicitará al Inifed, con el visto bueno de la autoridad educativa local, la instalación en el plantel de los bebederos escolares que correspondan en función de sus características.

El Inifed publicará en su portal de internet o en cualquier otro medio de difusión que se establezca, y mantendrá actualizada la información de las contrataciones que formalice, con excepción de la información reservada o confidencial prevista en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Los presentes criterios entrarán en vigor este 23 de noviembre.

 

 

 

 

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