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5% de las casas habitación de México poseen un seguro de daños

GNP advierte que la contratación de un instrumento de este tipo depende de factores como el tipo de necesidades del dueño y si el inmueble está sujeto a un crédito.
mar 11 septiembre 2018 09:48 AM
Casa seguro
Casa seguro - (Foto: iStock by Getty Images)

En México solo 5% de las casas habitación posee un seguro de daños para hacer frente a riesgos que puedan afectar parcial o totalmente al inmueble, aseguró Germán Aguado Vanegas, director de Daños y Autos de GNP Seguros.

El país está ubicado en el número 23 de las naciones que corren riesgo catastrófico alto ante fenómenos naturales, ya que 41% del territorio nacional y 31% de la población están expuestos a fenómenos como huracanes, tormentas, terremotos y erupciones volcánicas, refiere la empresa aseguradora.

Asimismo, México tiene una alta actividad sísmica, debido a que se encuentra dentro de un área conocida como el cinturón circumpacífico, en el que se concentra la mayor actividad sísmica del planeta.

De 2010 a 2017, se presentaron cerca de 67,500 movimientos telúricos, seis de e llos superiores a una magnitud de siete, conforme a datos del Servicio Sismológico Nacional (SSN).

Germán Aguado Vanegas comenta que el seguro de daños es un mecanismo de protección fundamental para el cuidado del patrimonio, pues brinda respaldo financiero conforme a las coberturas contratadas, de ahí la importancia de entender los detalles al momento de adquirir las coberturas, tanto las básicas como las complementarias del seguro.

Leer: Los seguros de daños de los créditos hipotecarios no funcionan

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GNP Seguros recomienda que al momento de contratar un seguro de daños de casa habitación, el consumidor tenga conocimiento de que la cobertura otorga una protección según las necesidades de cada quien y el tipo de seguro de que se trate.

Primero se debe solicitar el apoyo de un asesor para saber cuáles son los niveles de protección y coberturas, además es importante considerar si la casa a asegurar es propia o rentada, ya que las coberturas deberán corresponder al interés asegurable de las personas. Por ejemplo, en el caso de un departamento, se puede contratar una suma asegurada igual al valor comercial del inmueble.

En segundo lugar, es necesario considerar la ubicación del inmueble y los riesgos naturales a los que este está expuesto, con el propósito de determinar la contratación de coberturas complementarias, explica Aguado Vanegas.

Por último, los interesados deben de tener una lista de los contenidos de mayor valor que se encuentran dentro del inmueble y si la propiedad está sujeta a un crédito financiero en curso. También es pertinente conocer el alcance del seguro obligatorio contratado con dicho crédito, que por lo general este es de un alcance diferente al seguro de daños.

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Cobras CD. Juárez

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