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¿Quieres registrar un condominio en la Prosoc? Aquí una guía

Los condominios de la CDMX obtienen beneficios al estar registrados en la Procuraduría Social.
vie 29 julio 2022 03:41 PM
Edificios condominales
El registro de un condominio y su administrador se realiza ante la Prosoc.

Para que los condominios de la Ciudad de México puedan estar protegidos ante la ley, es necesario que el administrador se registre en la Procuraduría Social (Prosoc), que tiene como objetivo velar por la convivencia y seguridad de los habitantes de estos conjuntos habitacionales.

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Beneficios de registrarse ante la Prosoc

Al realizar el trámite hay mayor control y organización en el uso de los espacios de un condominio. Por ejemplo, todos los habitantes obtienen el derecho a usar los espacios comunes y están protegidos de invasiones.

También se pueden establecer comités, a la persona que administrará y acciones a realizar, como el mantenimiento, del que también se establece el valor de las cuotas.

Requisitos para ser administrador

Es el administrador el que debe de registrarse ante la Prosoc para dar de alta el condominio.

La persona debe ser elegida por los habitantes del inmueble y puede ser interno, que viva en el lugar, o externo.

¿Dónde se realiza el trámite?

Se debe acudir a una de las oficinas desconcentradas de la Prosoc. Hay ocho en la CDMX para atender a todas las alcaldías. Se pueden consultar en este enlace .

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¿Qué se necesita para hacer un régimen de condominio?

Lo debe realizar un otorgante de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad de Condominio, constructoras o desarrolladoras inmobiliarias.

Se lleva a cabo de manera presencial, presentando un formato de solicitud pedido al Área de Atención Ciudadana, además de un acuse, identificación oficial, copia certificada de la escritura de constitución y un documento con el que el solicitante acredite su personalidad.

Existe otro trámite más para dar de alta a un condominio y su administrador. Éste depende de la opción que se elija. La primera es para personas que administren el inmueble y se encuentren viviendo en el lugar. En ese caso, se requiere un libro de actas actualizadas por la Prosoc, la copia de la asamblea en la que se eligió, una identificación oficial vigente y dos fotos infantiles.

Si será una persona externa la que realice el registro, se debe entregar una copia del contrato de prestación de servicios, una garantía que después se da al comité de vigilancia y la certificación expedida por la Prosoc.

Además, se debe llenar la solicitud de registro de administrador, disponible para su consulta en este link .

Costo del régimen de condominio

No tiene costo y la respuesta se da en aproximadamente 40 días.

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