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Incendios, ¿corrupción o desconocimiento?

OPINIÓN: Los edificios deben diseñarse para proteger a los usuarios, por lo que deben prevenirse posibles afectaciones derivadas de fenómenos meteorológicos”.
lun 11 noviembre 2013 04:19 PM
Columna Franco Bucio (NUEVO)
Columna Franco Bucio (NUEVO) - (Foto: Archivo Obras)

El incumplimiento de la normatividad puede tener consecuencias graves, que se magnifican ante desastres naturales. Aún recordamos los sismos ocurridos en la Ciudad de México en 1985, que ocasionaron derrumbes e incendios. Ahora, México está lidiando con los daños derivados del paso del huracán Manuel y de la tormenta Ingrid, y es momento de apuntalar el tema. En muchos casos, la destrucción magnificada deriva del incumplimiento a la normatividad o de la corrupción entre autoridades y particulares, ya sea al momento de otorgar los permisos para construir fraccionamientos o por la suscripción de responsivas sin el requerido análisis de las condiciones.

Los reglamentos especifican que los edificios deben diseñarse para proteger a los usuarios, por lo que deben atenderse todos los rubros que afectan la seguridad estructural como pueden ser las propias cargas y las afectaciones derivadas de fenómenos meteorológicos e incendios.

Anteriormente, en este mismo espacio, señalé la necesidad de proteger a los edificios de los incendios y enfaticé la responsabilidad ineludible de propietarios, proyectistas, constructores y proveedores, pero principalmente de directores responsables de obra (DRO) cuya responsabilidad fenece a los 10 años.

Actualmente en el Distrito Federal se construyen varios edificios que superan los 10 niveles de altura, la mayoría con elementos de acero, cuyo grado de riesgo es tipificado como alto por la Norma Técnica Complementaria de Proyecto Arquitectónico. Sus elementos estructurales deben resistir 180 minutos al fuego a temperaturas de hasta 1,000 °C; sin embargo, comúnmente los DRO no especifican ni vigilan las medidas pasivas de prevención de incendio y, si bien va, aprueban la ‘protección’ de las estructuras con pinturas intumescentes, ofrecidas por proveedores sin escrúpulos que los sorprenden con la prueba empírica de soplete, que en condiciones reales no brinda protección a las vigas y las armaduras por más de 30 minutos.

Los diversos productos retardantes, ignífugos o intumescentes, deben demostrar su efectividad a través de ensayos a especímenes representativos a escala real con base en la norma NMX-C-307 o su equivalente internacional, deben ser introducidos en un horno en el que la temperatura es elevada hasta 1,094 °C, lo que corresponde a una generación de calor de 24,000 BTU por pie cuadrado sobre hora (un soplete llega a 1,750 BTU). Para vigas, armaduras y láminas estructurales de acero, la resistencia máxima se obtiene cuando la temperatura alcanza los 538 °C, frontera de modificación sustancial del módulo de elasticidad.
Considero que instancias como el Instituto para la Seguridad de las Construcciones del Distrito Federal, y sus símiles en otros estados, deben revisar los proyectos estructurales de escuelas, hospitales, cines y edificios públicos
y privados de gran magnitud, y poner especial atención a sus medidas de prevención de incendio, pues ello contribuirá indudablemente a preservar la vida de los usuarios y a valorar la solvencia técnica de los DRO y C que ofrecen sus responsivas.

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*Arquitecto, Perito, DRO, Consultor en normas, regulaciones y capacitación para la construcción. Director de CORPICO.

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