Diputados aprueban la nueva ley de transparencia, que va al Ejecutivo
La Cámara de Diputados aprobó este jueves la nueva Ley General de Transparencia, que abre la información de sindicatos, partidos, legisladores, órganos autónomos y cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos.
Dado que el documento ya había sido avalado por el Senado y no recibió cambios, fue enviado al presidente Enrique Peña Nieto para que lo promulgue.
La iniciativa fue avalada por la mayoría de los legisladores de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza (Panal), tras lo cual fue enviada al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
En lo general, la Cámara baja respaldó el dictamen con 385 votos a favor, en tanto que sufragaron en contra 24 diputados y tres se abstuvieron. En lo particular, la ley —dictaminada por la Comisión de Gobernación— fue aprobada con 264 votos a favor, 68 en contra y una abstención.
Esta ley reglamenta el Artículo 6 constitucional, busca promover, fomentar y difundir la cultura de la transparencia en el ejercicio de la función pública y el acceso a la información, la participación ciudadana, así como la rendición de cuentas, a través del establecimiento de políticas públicas y mecanismos que garanticen la publicidad de información oportuna.
La nueva legislación tiene por objeto "establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial".
También de "órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades federativas y los municipios".
La materia de este cuerpo legal propuesto, define, entre otras cosas, los datos abiertos como la información pública disponible y accesible en formatos reutilizables, que pueda utilizarse para cualquier fin y de manera gratuita para toda persona.
Así como a los formatos abiertos como el conjunto de características técnicas y de presentación de la información que permita su procesamiento y acceso sin restricción de uso por parte de los usuarios.
De igual forma, se precisa que el derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir y recabar información; y señala que toda la información generada, obtenida, adquirida, o transformada, en posesión de los sujetos obligados, será pública y accesible a cualquier persona, y sólo podrá ser clasificada como reservada por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos de esta Ley.
Salvo aquella información que esté relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, en cuyos supuestos en el cuerpo normativo se determinan los medios y mecanismos para su apertura.
Para argumentar el dictamen elaborado por la Comisión de Gobernación, el presidente de esta instancia legislativa, Abel Octavio Salgado Peña, expuso que la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública abonará en la reivindicación de otros derechos y obligaciones, como la rendición de cuentas y el combate a la corrupción.
También dijo que la transparencia es un prerrequisito para el debate público informado, al fundamentar el dictamen de la minuta que envió el Senado de la República, al iniciar su discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados.
Con este documento, abundó, se está materializando el mayor avance con relación al derecho humano, al acceso a la información, desde la reforma constitucional de 1977, sin pasar por alto los importantes cambios de 2007, 2013 y febrero de 2014, sostuvo.
Esta ley reglamenta el artículo sexto de la Constitución, con el objeto de "establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial".
También de "órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades federativas y los municipios".
Salgado Peña resaltó que se termina con cualquier privilegio de personas físicas, partidos políticos, sindicatos y fideicomisos, al ampliar el catálogo de los sujetos obligados.
Se crea un Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos y la Plataforma Nacional de Transparencia, con el fin de que no haya más opacidad en el uso de los recursos públicos.
Se establece la imposibilidad de invocar el carácter de reservado, cuando se trate de violaciones graves a derechos humanos, de delitos de lesa humanidad o información relacionada con actos de corrupción.
"El derecho a la información pública no es ninguna concesión, es una demanda ciudadana por años. Es de ellos, de los ciudadanos, esta propuesta, y por ello nadie tiene el derecho de usar la transparencia como bandera política", aseveró.
Con información de CNNMéxico y Notimex