Cobertura de calidad para las viviendas, ¿estrategia de calidad?
Nota del editor: Esta columna se publicó originalmente en la edición 525 de la revista Obras , ' Obra del Año ', correspondiente a septiembre de 2016.
(CIUDAD DE MÉXICO) – En julio de 2014 el Infonavit decretó un aseguramiento obligatorio para las viviendas nuevas que adquieren sus derechohabientes; lo llamó Cobertura de calidad, que promueve como beneficio hacia el acreditado porque garantiza que en la edificación se utilizaron materiales, mano de obra y procedimientos constructivos de buena calidad. Graciosa concesión a lo que es una obligación.
Según el instituto, la cobertura —que no seguro porque una de las empresas participantes no es aseguradora— hará frente a los daños por vicios ocultos que afecten la estructura soportante de la vivienda por 10 años, o sus sistemas de impermeabilización por cinco años.
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La medida no cubre defectos graves a la propia estructura si no afecta su estabilidad. Fisuras, grietas, daños por inundaciones o sismos y otros fenómenos provocados por falta de estudios profesionales, podrían ser ignoradas. En letra chiquita se excluyen instalaciones, carpintería, acabados, mobiliario fijo, condiciones del terreno, es decir, todo lo que se relaciona con la verdadera calidad de la vivienda.
Se evidencia mediante 'certificados' a favor de los adquirentes, y se extienden sin el peritaje profesional de riesgos, ofrecida en 2012 al Consejo de Administración del Infonavit, evaluación que se efectuaría con ayuda de despachos de prevención de riesgos, lo que convenientemente se olvidó en la administración del exdirector Alejandro Murat.
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Para justificar una estimación del riesgo, se mantuvo la supervisión externa mediante empresas de verificación, a las que en 2014 se les disminuyó aproximadamente 30% de su arancel. Lo que les queda, equivale a revisar el proyecto y vigilar el proceso de obra de una vivienda con un costo de 300,000 pesos con solo 1,200. A estas empresas se les presiona para emitir los dictámenes de habitabilidad en plazos perentorios, aun cuando los desarrollos no cuenten con autorización municipal para la ocupación.
Así, la supuesta valoración se limita a revisar someramente las soluciones estructurales de los proyectos, sin contar con estudios profundos relativos a la selección del terreno, convirtiéndose en ocasiones en un mero trámite.
Además, es innecesaria durante la primera mitad del plazo, porque según lo establece el artículo 73 de la Ley de Protección al Consumidor, el desarrollador o comercializador debe garantizar por cinco años la estructura y por tres años la impermeabilización del inmueble.
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Este 'beneficio' podría retirar la responsabilidad al promotor o al comercializador por los primeros cinco años a costa del cliente, canalizándola a la certificadora.
La cobertura cuesta 6.45 al millar sobre valor de avalúo, de los cuales el Infonavit aporta 1 al millar. En total, son no menos de 420 millones de pesos que las empresas elegidas (sin mediar licitación): Sistemas de Prepago SPP y Grupo Mexicano de Seguros GMX cobraron el año pasado entre las dos. ¿Cuántos metros cuadrados de vivienda han dejado de construirse? Una gran estrategia de calidad, ¿no les parece?
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* Arquitecto, perito, DRO, consultor en normas, regulaciones y capacitación para la construcción. Director de CORPICO.