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¿Qué dice el actual reglamento de construcción de la CDMX?

Se emitió en 2004, pero se ha actualizado con el paso de los años. Su última gran reforma fue en 2017.
mar 19 septiembre 2023 06:26 PM
MEXICO-QUAKE
Los reglamentos de construcción buscan prevenir estructuras deficientes que se vulneren durante sismos.

Del uso del tepetate al del concreto hidráulico han pasado más que años y lanzamientos de nuevos productos innovadores en la industria de la construcción. También los terremotos han empujado a que se creen reglamentos para las edificaciones más exigentes y detalladas, principalmente en zonas vulnerables ante los movimientos telúricos y abundantes en edificios altos, como la Ciudad de México.

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En la actualidad, se utiliza un reglamento establecido en 2004 y con una última reforma en 2017. También existe la Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México, que entró en vigor en 2018 a causa del terremoto del 19 de septiembre de un año antes.

En el primer documento, se establecen cuáles son los permisos que se deben solicitar dependiendo de la clase de obra que se planea realizar y la zona de la ciudad, así como la repartición de responsabilidades entre la empresa y gobierno y las sanciones en caso de violar la ley.

También se definen tres tipos de obras, principalmente, la A, B y C, la primera es de casas de no más de 120 metros cuadrados con dos niveles, la segunda es para usos no habitacionales mixtos de hasta 5,000 metros cuadrados o 10,000 metros cuadrados si es con uso habitacional y las C para las que tienen el mismo metraje pero requieren de dictamen de impacto urbano o impacto urbano-ambiental.

Se establecen además generalidades en algunas partes de los inmuebles. Por ejemplo, se solicita que los balcones que se proyecten sobre vía pública no pueden tener ventanas que los hagan funcionar como locales. Y que las edificaciones deben contar con estacionamiento, incluyendo exclusivos para personas con discapacidad.

Otro requisito de acuerdo al reglamento es que siempre se debe contar con servicio de agua potable y servicios sanitarios. Si una vivienda mide menos de 45 metros cuadrados, se debe contar por lo menos con un excusado, una regadera y un lavabo, fregadero o lavadero. De más de estas dimensiones se debe tener obligatoriamente excusado, regadera, lavabo y fregadero o lavadero.

Todas las construcciones deben tener un dictamen de seguridad estructural basado en la Norma Técnica Complementaria para la Revisión de la Seguridad Estructural de las Edificaciones, publicada en diciembre de 2017. Éste debe ser emitido por un corresponsable estructural que debe aprobar exámenes en ingeniería estructural, geotécnica, peligro sísmico, movimiento de terreno y espectros, así como acelerogramas de diseño.

Sanciones

El reglamento establece sanciones para los corresponsables de obra, que son quienes dirigen y verifican la construcción y seguridad del inmueble.

Éstas van desde amonestación por escrito a quien infrinja el reglamento, presente documentación incompleta u omita notificar que está a cargo de un proyecto, la suspensión temporal de dos años de sus labores por no acatar el reglamento (sin causar situaciones peligrosas), la cancelación de su registro y responsabilidad de daño.

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