Los scooters han cambiado la movilidad y el mercado, dice experto de la OCDE
CIUDAD DE MÉXICO. Los scooters, como vehículos última milla, se han convertido en actores importantes de la movilidad urbana y sus aportes para impulsar la micromovilidad en las ciudades ha sido destacada; no obstante, la regulación es el desafío que deben resolver, dijo Stephen Perkins, jefe de investigación y Análisis de Políticas del Foro Internacional de Transporte (ITF) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Los servicios de micromovilidad eléctrica y activa compartida aportaron casi 50 millones de viajes sustentables en América del Norte en los últimos dos años. Ese escenario se consolida con estadísticas similares en ciudades de América Latina, de acuerdo con un comunicado de la firma Grow, compañía que posee las marcas de monopatines, bicicletas eléctricas y urbanas Grin y Yellow.
La empresa realizó el evento Mejorando la conectividad y la accesibilidad a través de la micromovilidad. Retos y significados, en el marco del ITF 2019, en Leipzig, Alemania.
Durante ese encuentro, Stephen Perkins dijo que los scooters crearon un nuevo mercado, pues no existía un servicio similar anteriormente. En ese sentido no tiene problemas de negociación pública y privada como en el caso de los servicios de Uber y los taxis tradicionales. Por esa razón, dice su esquema regulatorio también debe ser diferente
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"¿Cómo podemos obtener datos cuando no hemos definido una categoría (para este servicio)? Esto es lo que ha dificultado a las autoridades su regulación porque ¿dónde encajan los scooters en la familia de los nuevos sistemas de movilidad como Uber o las bicicletas compartidas?", preguntó el especialista.
Carlos Pardo, senior manager de City Pilos en Numo Alliance, dijo que la disrupción que causan estos pequeños vehículos de transporte ha motivado a las autoridades a buscar regulaciones más estrictas ante lo que se ha vivido con los servicios privados similares a los taxis. Pero los gobiernos no consideran que no todos los transportes requieren de las mismas medidas.
Por ello, agregó, los gobiernos deben tomar las normas establecidas para otros servicios de transporte y adaptarlas a las características de la micromovilidad.
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¿Qué pasa en la Ciudad de México?
El 26 de marzo pasado, la Secretaría de Movilidad de la capital mexicana publicó los lineamientos para regular la operación de monopatines, patinetas o ruedas eléctricas sin anclaje en la Ciudad de México.
Previo a la emisión de las normas, las compañías que ofrecen estos servicios en la capital mexicana debieron entregar información acerca de su operación, para seguir operando.
La Semovi determinó que Grin incumplió con ese requisito y perdía su permiso. Las firmas Dezba, Mobike, Motum, VBike, Bird, Movo, Lime y Econduce, sí cumplieron. Como respuesta, Grin Scooters obtuve un amparo para seguir ofreciendo su servicio.
La regulación además ha sido un tema polémico entre los propios ciudadanos. En colonias como la Roma y la Condesa, los habitantes se han pronunciado en contra de las empresas y han solicitado ser consultados con respecto al tema. Además de denunciar que los monopatines invaden espacios dedicados al peatón o a emergencias, también han señalado el mal uso de los dispositivos y accidentes viales que ya han cobrado vidas.
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De acuerdo con los lineamientos publicados en marzo, cada compañía podrá operar con hasta 1,483 bicicletas y 856 monopatines que circularán por una zona definida, integrada por calles y avenidas en las zonas de Chapultepec, Polanco, Roma, Condesa, Del Valle y del Centro capitalino.
Quedó prohibido el uso de tarifas dinámicas; las empresas tendrán ocho horas para reubicar todas las unidades de servicio estacionadas fuera del área de operación; y las unidades podrán estacionarse en aceras cuando no haya un punto de arribo dedicado a bicicletas y monopatines en un radio de 140 metros y solo cuando la banqueta tenga un ancho mínimo de 2.80 metros.
También se prohíbe estacionar unidades en espacios como franjas peatonales, de fachada y acceso peatonal a predios; cruces y rampas peatonales; acceso a estaciones de transporte público masivo y semimasivo, y paradas de transporte público colectivo; emergencia e hidrantes, así como zonas de concentración o delimitadas por protocolos de protección civil.
Las unidades de servicio deberán contar con las capacidades mecánicas para su funcionamiento; con servicio con asistencia eléctrica para alcanzar los 25 kilómetros por hora; y tener instalado un dispositivo para su geolocalización (GPS) para permitir su uso, recuperación y reparación, así como para la recolección de datos e investigación de incidentes de forma anónima.