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Advierten riesgos de transparencia en obras bajo APP y proponen 9 medidas

Ethos Laboratorio advierte una serie de problemáticas y riesgos de transparencia y rendición de cuentas en la obra pública realizada bajo el esquema de financiamiento de Asociación Público Privada.
jue 21 noviembre 2019 05:01 PM
infraestructura
El think tank Ethos Laboratorio de Políticas Públicas considera que las APP pueden ser instrumentos adecuados para la construcción de infraestructura y servicios públicos de calidad, pero identificó problemáticas en la forma en que los proyectos de este tipo se llevan a cabo en México.

CIUDAD DE MÉXICO. Contar con un plan maestros de Asociaciones Público Privadas (APP), crear una agencia especializada en la materia y también un repositorio único de proyectos bajo ese esquema, son tres de las nueve recomendaciones que hace Ethos Laboratorio ante los riesgos de transparencia y rendición de cuentas que existen actualmente en la obra pública realizada con esa figura de financiamiento.

El think tank Ethos Laboratorio de Políticas Públicas considera que las APP pueden ser instrumentos adecuados para la construcción de infraestructura y servicios públicos de calidad, pero identificó problemáticas y riesgos en la forma en que los proyectos de este tipo se llevan a cabo en México a través de su estudio Transparencia y rendición de cuentas de las Asociaciones Público-Privadas (APP): recomendaciones de política pública.

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El reporte es un análisis de las etapas de planeación, aprobación y contratación de las APP en el país y propone nueve acciones para garantizar la máxima transparencia e integrar la obligación de la rendición de cuentas para todos los proyectos.

Las 9 propuestas

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1. El país necesita más y mejores APP, pero para ello debe contar con un Plan Maestro que priorice todas las obras que se desean ejecutar, tanto a nivel nacional como subnacional y con un horizonte a largo de plazo de 15 años y con transparencia.

2. Crear un Fondo General de APP, que incluya un subfondo de apoyo a la estructuración de proyectos y un fondo de garantías de proyectos.

3. Crear una agencia especializada que mejora la gestión y transparencia de los procesos, y brinde apoyo técnico a los entes públicos contratantes.

Más información: El Plan Nacional de Infraestructura será presentado el 26 de noviembre

4. Diseñar un repositorio único de obras, que concentre toda la información de todos los proyectos aprobados -en términos legislativo y administrativo- en las fases de previnversión, contratación, ejecución y operación. También el informe recomienda modificar la Ley de APP al incluir la obligación de transparentar los contratos.

5. Existen tres procesos diferentes para autorizar proyectos de este tipo según la fuente de financiamiento. Para los casos en que los recursos son extrapresupuestarios (por ejemplo, del Fonadin) y son autofinanciables, la ley no obliga a sus promotores a rendir cuentas. Por ello, se plantea cambiar la regulación de las APP para que cualquier ente público que apruebe proyectos o haga modificaciones a los ya existentes, estén obligados a transparentar expedientes técnicos y dictámentes de viabilidad.

6. Cambiar la Ley de APP para que obligue a entes públicos promotores de proyectos autofinanciables -que no requieren la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)- a transparentar los expedientes técnicos y dictámenes de viabilidad.

7. El protocolo de contrataciones obliga a la Secretaría de la Función Pública (SFP) a videograbar las contrataciones de APP; no obstante, el análisis de Ethos muestra que la regulación de dicha dependencia tiene graves limitaciones que derivan en que pocos proceso sean videobrabados. En ese sentido se recomienda modificar el Protocolo de Contrataciones Públicas de la SFP para que subsane los errores.

Más información: 7 retos de las APP para mejorar la infraestructura en América Latina

8. Existe desde 2016 la modalidad de contratación acelerada de APP, donde se firma el contrato antes de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación por parte de la Cámara de Diputados. "Esto puede violar el principio de división de poderes, si la firma previa a la aprobación legislativa genera compromisos plurianuales. Por ello debe ajustarse la Ley de APP en su artículo 23 para aclarar que los contratos acelerados no crearán esos compromisos.

9. Las APP son pasivos contingentes que generan un riesgo para las finanzas públicas, pero en México no hay mecanismos para contabilizar y transparentar el monto de esos pasivos. Para ello se sugiere modificar la Ley de APP y la Ley General de Contabilidad Gubernamental para que la SHCP cuente con una metodología para el cálculo de los pasivos contingentes de las APP y también pueda generar un informe anual sobre pasivos contingentes de las APP y crear y gestionar un registro único contable de obras.

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