“En los últimos 28 años, solo se construyó el 8% de los kilómetros proyectados para el Estado de México”, señala el documento oficial.
Desde ese punto de partida, el gobierno estatal formaliza una estructura dedicada exclusivamente a sistemas eléctricos de transporte de pasajeros, con la intención de concentrar funciones que antes se encontraban dispersas y de dotar al estado de una red propia de movilidad masiva.
El decreto explica que la creación del organismo busca “implementar un área especializada” capaz de generar la infraestructura necesaria para el transporte público sustentable, tanto de mediana como de baja capacidad, con rutas alimentadoras y sistemas de pago modernos y seguros.
Objeto y funciones del Sistema de Transporte Eléctrico Mexiquense
El nuevo organismo tendrá personalidad jurídica y patrimonio propios. Su objeto principal será la prestación del servicio público de transporte de pasajeros mediante tren rápido o ligero, teleférico y trolebús, impulsados por energía eléctrica o híbrida, ya sea de forma directa o a través de concesionarios.
Además de operar los sistemas, el decreto asigna al organismo tareas que van más allá del servicio cotidiano. Entre ellas se encuentran la planeación, coordinación, construcción, administración y evaluación de proyectos de transporte eléctrico, la elaboración de estudios para sustentar concesiones y permisos y la supervisión del mantenimiento y operación de la infraestructura.
Se establece que el Sistema podrá proponer tarifas, administrar los recursos provenientes del cobro por el servicio y desarrollar mecanismos de recaudo interoperables para el transporte público estatal. “Recaudar y administrar los recursos provenientes del cobro de tarifas del transporte de su competencia” forma parte explícita de sus atribuciones, según el decreto.
También tendrá la facultad de realizar procedimientos de licitación pública, hasta la emisión del fallo, para concesiones y contratos relacionados con la construcción y operación de los sistemas eléctricos de transporte, siempre con autorización de la Secretaría de Movilidad.
Cómo estará integrado
La dirección del Sistema de Transporte Eléctrico Mexiquense recaerá en dos órganos: un Consejo Directivo y una Dirección General. El Consejo funcionará como órgano de gobierno y estará presidido por la persona titular de la Secretaría de Movilidad.
Lo integrarán representantes de las secretarías de Finanzas, Desarrollo Urbano e Infraestructura, Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, así como de la Oficialía Mayor y una comisaría a cargo de la Contraloría estatal.
El decreto prevé la participación, como invitados permanentes, de representantes de la Consejería Jurídica y del Sistema de Transporte Masivo y Teleférico del Estado de México. Los cargos serán honoríficos y no contemplan remuneración.
La Dirección General, en tanto, quedará a cargo de una persona designada por el Poder Ejecutivo estatal, a propuesta de la Secretaría de Movilidad.
Entre sus funciones se encuentran la representación legal del organismo, la administración cotidiana, la presentación de presupuestos y la rendición periódica de informes financieros al Consejo Directivo.
Tipos de proyectos y alcances
El alcance del nuevo organismo abarca sistemas eléctricos de transporte de alta, mediana y baja capacidad, con recorridos subterráneos, de superficie o elevados.
El decreto delimita su competencia frente a otros entes existentes y establece que asumirá, en particular, la operación y administración del sistema de transporte público teleférico, funciones que antes correspondían al Sistema de Transporte Masivo y Teleférico del Estado de México.
A partir de la entrada en vigor del decreto, los recursos humanos, materiales y financieros vinculados al teleférico se transferirán al nuevo Sistema de Transporte Eléctrico Mexiquense, con el compromiso explícito de respetar los derechos laborales del personal involucrado.
Los contratos, convenios y concesiones vigentes también se mantendrán, ahora bajo la responsabilidad del nuevo organismo.
El documento fija plazos claros para su puesta en marcha: el decreto entra en vigor el 2 de marzo de 2026, el Consejo Directivo deberá instalarse dentro de los 30 días hábiles siguientes y el Reglamento Interior del Sistema tendrá que aprobarse en un plazo máximo de 90 días después de su instalación.
Con esta estructura, el Estado de México formaliza una reorganización institucional que concentra en un solo organismo la gestión de sus sistemas eléctricos de transporte.
El decreto no detalla proyectos específicos ni calendarios de obra, pero define el marco administrativo bajo el cual se desarrollarán los trenes, trolebuses y teleféricos que integren la red mexiquense en los próximos años.