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La cobertura de calidad contra malas vivienderas

OPINIÓN: A partir del 14 de junio próximo, todas las viviendas inscritas en el Registro Único de Vivienda contarán con la nueva cobertura de calidad.
vie 03 mayo 2013 11:45 AM
Columna Franco Bucio (NUEVO)
Columna Franco Bucio (NUEVO) - (Foto: Archivo Obras)

A partir del 14 de junio próximo, todas las viviendas inscritas en el Registro Único de Vivienda (RUV) contarán con la nueva cobertura de calidad. Es decir que deberán tener un dictamen aprobatorio de evaluación de riesgo emitido por una empresa especializada y que sea reconocida por el Infonavit, que a su vez permitirá a los desarrolladores adquirir una póliza de seguro a favor del adquirente. 

Este nuevo seguro será indispensable para escriturar y acceder a la hipoteca, en otras palabras, no se originarán créditos a viviendas que no sean objeto de aseguramiento. 

Esta propuesta data de 2011 y se aprobó por el Consejo de Administración del Infonavit en mayo de 2012. El arranque se pospuso en varias ocasiones debido al perfeccionamiento de las bases con las que se seleccionarán a las aseguradoras y a las empresas especializadas en evaluación y prevención de riesgos (EPR).

La cobertura estará vigente por 10 años en favor del propietario en este periodo y protegerá por daños estructurales, y aun la reposición por vicios ocultos derivados de las deficiencias en la elección del terreno, en la generación de los estudios geológicos y otros necesarios para desarrollar el proyecto estructural; del proyecto mismo; o por una mala ejecución de la obra, ya sea por materiales y productos de mala calidad o inadecuados, o por una mala supervisión.

Cabe recordar que la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) ya establece garantías semejantes a los adquirentes de vivienda por un plazo de cinco años por vicios ocultos a las estructuras y de tres años por impermeabilización (ver ‘Inversionista, responsable por los contratistas’, Obras 476) y la Ley General de Protección Civil emitida en junio de 2012 obliga a constructores, desarrolladores y agentes inmobiliarios a contar con análisis de riesgos que permitan la construcción de infraestructura y asentamientos humanos más seguros (ver ‘El riesgo de no evaluar los riesgos’, Obras 478). La decisión del Infonavit no hace más que duplicar el plazo que establece la LFPC y coincidir con el propósito que busca la Segob.

El costo del EPR y de la nueva cobertura será por cuenta del oferente de vivienda y es adicional al que ya se cubre por los servicios de verificación de la obra. La o las aseguradoras seleccionadas sólo podrán emitir la póliza correspondiente si y sólo si el dictamen de evaluación del riesgo independiente muestra riesgos aceptables, así como prácticas sanas por parte de los desarrolladores que les permitan construir viviendas seguras. Pero el costo real puede ser mucho más elevado para las ‘vivienderas’ que no profesionalicen sus procesos de gestión y confíen sus prácticas a personal poco calificado y, sobre todo, edifiquen conjuntos inaceptables desde el punto de vista estructural. 

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En estos momentos de convulsión en el mercado de vivienda por las políticas del nuevo gobierno federal, que las empresas implanten programas de capacitación y seleccionen a proveedores de bienes y servicios calificados les puede colocar a la vanguardia de esta industria. 

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*Arquitecto, Perito, DRO. Consultor en normas, regulaciones y capacitación para la construcción. Director de CORPICO.

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Vivienda

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