Cómo evitar un fraude a la hora de rentar una propiedad
CIUDAD DE MÉXICO. Todos los contratos son actos de buena fe, es decir, ambas partes asumen que tratan con gente honorable, sin embargo, no se puede estar 100% seguro que no habrá inconvenientes a la hora de rentar una propiedad, seas el dueño o el arrendatario.
¿Qué se puede hacer para evitar ser víctima de un engaño o fraude?
Expansión/Obras entrevistó a María del Carmen Cendón, especialista de la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle, y a Marco Torres, gerente de operaciones de Homie, empresa dedicada al arrendamiento inmobiliario y esto comentaron:
Antes de firmar
Previo a la firma de un contrato de arrendamiento hay puntos que tienen que estar perfectamente claros en un contrato: nombre completo del propietario o representante legal y del arrendatario, fecha de inicio y término, la dirección completa y verificar que sea oficial.
También es importante, coinciden Marco Torres y María del Carmen Cendón, que aparezca por escrito el costo mensual de la renta y la forma de pago.
Es igual de importante identificar a la persona con quien se hará el trato, ya sea el dueño o el representante legal.
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El contrato debe especificar todo lo que se va a rentar, así como desperfectos y quién cubrirá los gastos de reparación y a cambio de qué.
Aunque parece obvio, para evitar sorpresas el arrendatario tiene que estar seguro que el propietario no está rentando el inmueble a más de una persona.
La claridad en el contrato es clave para evitar malos entendidos, pues "por una coma puedes entender otra cosa, por una mala lectura puedes entender otra cosa", señala la especialista de la Universidad La Salle.
Al especificar todos los detalles en un contrato se evita el ser víctima de los llamados contratos leoninos, donde "al no estar especificadas las instrucciones, todo queda a disposición del arrendador", agrega.
La firma en el contrato tiene que aparecer en todas las hojas al calce y en la última página en el espacio para el propietario y el arrendatario.
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Los fraudes más comunes
"El fraude es la conducta que hacen los sujetos bajo las irregularidades de un inmueble. La ley lo que tiene es una regularización sobre los actos. No puede crear un mecanismo que pueda prevenirlo porque estamos previendo que tratamos con personas de buena fe de un contrato con confianza", explica Cendón.
De parte del arrendatario puede ocurrir que quien sirve como aval -la persona que responde en caso de un impago-, ofrezca una propiedad que no esté libre de gravamen o que esté en un proceso legal o en una posición de embargo, señaló Torres.
Hay empresas que se dedican a rentar escrituras para que la gente pueda rentar una propiedad.
Otro fraude que se encuentra entre los más comunes ocurre cuando no se especifican las fechas del inicio y fin del arrendamiento y se lleva a cabo un movimiento legal llamado prescripción.
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"Esto es cuando yo, inquilino, llevo cinco años en el departamento y el contrato es de buena fe, o no tiene la forma necesaria, y empiezo a pagar servicios, voy a juzgados y digo: este inmueble es mío, cambio la titularidad y le quito el inmueble al propietario", detalla el Gerente de Operaciones de Homie.
Otro riesgo para el propietario tiene que ver cuando el inquilino no ofrece una garantía de pago, deja de pagar y cuando lo tratan de desalojar, lleva al propietario a juicio por lo menos un año; tiempo durante el cual no paga la renta.
Quien renta también puede ser víctima de fraudes o engaños, como: que no se le devuelva el depósito a pesar de que no fue autorizado para rentar un departamento o una casa.
Las personas también pueden ser víctimas de anuncios falsos, ya sea con precios irreales, demasiado baratos, para zonas de alta plusvalía (Roma o Condesa, por ejemplo), o gente que se hace pasar por dueños y piden pagos anticipados.
Al rentar una propiedad que está en litigio o no está libre de gravamen, hace más fácil que en determinado momento el arrendatario sea desalojado.
Los propietarios en ocasiones solicitan el depósito equivalente a dos meses de renta, cuando lo común es el monto de un mes, sostiene María del Carmen.
En caso de presentarse un problema, y debido a que las leyes protegen más a quien renta que a los propietarios, la mejor solución es buscar la conciliación antes de llevar el asunto a los tribunales, ya sea en materia civil o penal.
Cada estado tiene su propia regulación en materia de desalojo, no obstante, se tiende a proteger más a los arrendatarios, indican los expertos.
La duración de un pleito legal va de uno a siete años, señalan.
Sin embargo, cuando no hay un contrato por escrito, sino un acuerdo verbal, ocurre una situación de usurpación o abuso de confianza, y cae en el terreno de lo penal.
Antes de llegar a un juzgado, lo mejor sería lograr un acuerdo, donde el casero o propietario busque un acuerdo con quien le renta. "Al final te quedas sin armas para poder hacer algo. Vas a terminar llegando a un tema legal", sostiene Torres.
Los expertos acusan que leyes proteccionistas y falta de incentivos para la vivienda en renta povocan que la mayoría de las rentas sean informales.