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Una obra pública más ágil

OPINIÓN: Las garantías convencionales no son suficientes cuando se presentan errores u omisiones en la ejecución de los trabajos
vie 20 febrero 2015 01:27 PM
Columna Franco Bucio (NUEVO)
Columna Franco Bucio (NUEVO) - (Foto: Archivo Obras)

La puerta hacia la calidad objetiva es muy amplia, lo que representa en este 2015 una oportunidad para las empresas y para los profesionistas que evidencien su solvencia técnica, pues ello nos facilitaría cumplir los deseos de este año que inicia.

En este sentido, en noviembre pasado se presentó la iniciativa de decreto para actualizar la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas*, en la que el presidente Enrique Peña destacó al menos tres rubros:

El relativo a la inclusión de nuevos mecanismos para la evaluación y la gestión de proyectos en función de su magnitud y relevancia parece certero, puesto que el tratamiento sería especializado, pero habrá que ver si los funcionarios están a la altura de las circunstancias.

Si bien en el ámbito privado la figura de ‘gerencia de proyecto’ existe, esta coyuntura le ofrece la oportunidad de ponerse al día en conocimiento técnico y normativo. En esta ocasión sólo sería obligatorio para los megaproyectos.

Respecto a incrementar la eficiencia, la eficacia y la transparencia en la contratación y la ejecución de obras públicas, a reserva de conocer los detalles, parece atinada la iniciativa de promover el uso del sistema CompraNET, pues transparentaría los nombres de los licitantes, aunque no de quienes conforman las sociedades; también difundiría los alcances de las convocatorias, lo que disminuiría costos por estos conceptos, pero convendría que por el mismo mecanismo o uno semejante se informara a la sociedad de todo el proceso que culmina hasta la entrega de la obra.

También mencionó las medidas adicionales para brindar mayor certeza jurídica a los participantes, lo que es muy conveniente, ya que muchas veces los licitantes no conocen si verdaderamente serán tomados en cuenta.

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También se incluyen disposiciones para facilitar los aspectos administrativos durante la ejecución de los trabajos.

Algunos contratistas tienden a no proporcionar a sus trabajadores y a profesionistas las prestaciones a las que están obligados; pero esta iniciativa todavía es una medida discrecional, así que debería obligar a declarar públicamente su cumplimiento y no esperar a notificar al IMSS sólo las irregularidades.

Es bienvenida una revisión a este marco jurídico, pero en los apartados técnicos no presenta mejoras sustanciales, es decir, mecanismos que garanticen la calidad de las obras y los servicios, y con ello, el cumplimiento de la normatividad asociada, que puede evitar errores y vicios de construcción y deficiencias en la operación.

Es cierto que ahora se señalan garantías y sanciones a los supervisores externos, pero no son equitativas a los servidores públicos con igual responsabilidad.

Las garantías convencionales no son suficientes cuando se presentan errores u omisiones en la ejecución de los trabajos, de ahí que al menos en los megaproyectos dichas garantías podrían ser más amplias y de mayor longevidad, es decir, no basta con responder por 10% de su valor y por un año, habría que duplicarlo.

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Arquitecto, perito, DRO, consultor en normas, regulaciones y capacitación para la construcción. Director de CORPICO.

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Transparencia Internacional

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