Regulación necesaria ante el crecimiento desmesurado de las ciudades
(CIUDAD DE MÉXICO) – Sufrimos el crecimiento desmesurado de nuestras ciudades, lo que ha ocasionado pobreza, marginación, inseguridad, violencia y mayores desplazamientos a sus habitantes.
Ante esa realidad, las políticas de vivienda y desarrollo urbano enfatizan la necesidad de limitar el desbordamiento citadino, recomendando la redensificación en las urbes.
Pero como las ciudades no cuentan con la infraestructura, el equipamiento y los servicios necesarios para atender la nueva demanda, las recomendaciones a menudo son ignoradas por las alcaldías.
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Aunado a esa problemática, debe tenerse en cuenta que tampoco existe una planeación moderna que distinga los usos y destinos del suelo con una visión de gobernanza horizontal y de largo plazo, es decir, entre los municipios y las entidades federativas involucradas en las conurbaciones.
La normatividad municipal aplicable a la edificación, a la infraestructura urbana y a la planeación está desfasada, lo que imposibilita la atención ordenada y oportuna de los nuevos asentamientos, incluso de los aparentemente planeados, como los conjuntos habitacionales que se ofertan a derechohabientes del Infonavit o del Fovissste.
Bastaría hacer un estudio para dar con las razones por las que muchos de esos conjuntos tardan años para su municipalización, lo que obliga a las desarrolladoras a su administración, la que buscan trasladar lo más pronto posible a los condóminos o a asociaciones de colonos, con un evidente deterioro en términos de mantenimiento.
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Aunque no existe un estudio profesional que dicte los requerimientos municipales y estatales sobre las superficies que deban dedicarse a las previsiones de equipamiento básico, sospecho que aquellas áreas de donación que estaban establecidas en las desaparecidas leyes de fraccionamientos, ahora son 'letra muerta'.
En ellas se establecía una donación de 10% del área vendible o de la superficie total de los nuevos fraccionamientos, según cada estado, los que ahora se han olvidado o esquivado.
Hoy se registran conjuntos o clústers para 59 o menos viviendas; a partir de 60 se obligarían, por lo general, a tales donaciones.
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Y no hay que olvidar que no existe una normatividad oficial que establezca la dotación mínima de equipamiento por tamaño de población a servir o de áreas verdes por habitante.
En los nuevos conjuntos las áreas no construidas, que no verdes, son concedidas por cuestiones comerciales.
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La política federal de vivienda actual ha tratado de contener el crecimiento de las manchas urbanas con alfileres, apostando a una nueva ley de asentamientos humanos, que mucho me temo, no tendrá los dientes para instaurar criterios uniformes para identificar, establecer y registrar una zonificación urbana acorde a la vocación natural, a la identificación de riesgos naturales y a la existencia o previsiones del equipamiento e infraestructura urbanos pertinentes.
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* Arquitecto, perito, DRO, consultor en normas, regulaciones y capacitación para la construcción. Director de CORPICO.