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¿Es legal colocar letreros de control sindical de una obra en construcción?

En 2019 hubo una reforma a la Ley del Trabajo que tuvo impacto en la manera en la que se gestionan los sindicatos del país.
lun 12 agosto 2024 05:02 PM
¿Es legal colocar letreros de control sindical de una obra en construcción?
Los carteles de sindicatos en las construcciones están prohibidos en México.

La presencia de carteles y placas de sindicatos en obras de construcción ha sido una práctica común en México durante décadas. Sin embargo, desde la reforma laboral de 2019, esta costumbre está oficialmente prohibida. No obstante, aún está presente en edificaciones del país.

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La razón es que, aunque la actividad se encuentra en las restricciones impuestas en la actualización de la legislación, no está detallada de manera precisa.

Lo que dice la ley

La reforma laboral que entró en vigor el 1 de mayo de 2019 introdujo cambios en las relaciones laborales y la representación sindical en México. Entre estos, se establecieron nuevas reglas que afectan directamente la forma en que los sindicatos pueden operar y manifestarse en los lugares de trabajo, incluyendo las obras de construcción.

Luisa María Alcalde, quien fuera Secretaria del Trabajo y Previsión Social durante la implementación de esta reforma, explicó en un video: "Desde la entrada en vigor de la reforma laboral el 1 de mayo de 2019 este tipo de prácticas están prohibidas, está prohibido que un sindicato se adjudique la representatividad de los trabajadores sin su consentimiento, está prohibido suponer que se puede controlar una construcción, está prohibido utilizar sindicatos como negocios privados y por supuesto que también está prohibido extorsionar a través de cuotas para dejarlos trabajar”.

Sin embargo, el decreto de reforma a la Ley Federal del Trabajo no menciona explícitamente la prohibición de carteles o placas sindicales en construcciones. Lo que sí hace es establecer nuevos principios y procedimientos para la representación sindical y la negociación colectiva.

El artículo 357 de la ley reformada establece: "Los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas."

Este artículo refuerza la libertad sindical, pero no prohíbe directamente la colocación de carteles.

El artículo 364 Bis de la ley agrega: "En el registro de los sindicatos, federaciones y confederaciones, así como en la actualización de las directivas sindicales, se deberán observar los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a la libertad sindical y sus garantías".

Es decir, los trabajadores deben tener la libertad de elegir su representación sindical sin coerción.

La prohibición de los carteles sindicales en obras se deriva más de la interpretación y aplicación de estos principios que de una prohibición explícita en la ley.

La intención es evitar prácticas que puedan ser interpretadas como coercitivas o que limiten la libertad de los trabajadores para elegir su representación sindical.

No obstante, la prohibición de estos carteles no significa una prohibición de la actividad sindical en el sector de la construcción. Por el contrario, la reforma busca fomentar una representación sindical más democrática.

Para cumplir con el espíritu de la reforma, las empresas constructoras y los sindicatos deben adoptar nuevas prácticas. Esto puede incluir:

- Realizar consultas democráticas entre los trabajadores para determinar la representación sindical.
- Establecer mecanismos transparentes para la negociación colectiva
- Fomentar la comunicación directa entre trabajadores, empresas y sindicatos sin recurrir a símbolos de control territorial.

La implementación de estas nuevas prácticas no ha sido uniforme en todo el país. En algunas regiones, los carteles sindicales siguen siendo visibles en obras de construcción, lo que refleja la resistencia al cambio y los desafíos en la aplicación de la nueva normativa.

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