Una obligación que pocos condominios cumplen
El artículo 9, fracción VIII, de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, ahora Ciudad de México, establece “la obligación de los condóminos de contratar una póliza de seguro con una compañía legalmente autorizada, con cobertura contra terremoto, inundación, explosión, incendio y daños a terceros”.
A pesar de esta disposición, la contratación de seguros continúa siendo poco común entre los edificios habitacionales. De acuerdo con Martínez, la cobertura se concentra principalmente en condominios de lujo, mientras que una parte importante de los inmuebles de vivienda media permanece sin protección.
El especialista pone como ejemplo edificios de alrededor de 30 departamentos ubicados en colonias como Narvarte, Portales, Roma y Coyoacán. En estos inmuebles, explica, contratar un seguro no suele estar entre las prioridades de los propietarios, aun cuando se encuentran en zonas con exposición sísmica.
Una de las principales barreras es el costo de destinar recursos a una protección cuyo beneficio sólo resulta evidente cuando ocurre una emergencia.
El antecedente del 19S
La exposición no es menor para una ciudad ubicada en una región de alta actividad sísmica. De acuerdo con el Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred), en México tiembla todos los días. La mayoría de los movimientos son pequeños e imperceptibles para la población, pero, en promedio, cada tres años ocurre un sismo de magnitud relevante.
Los terremotos de septiembre de 2017 mostraron el impacto que un evento de este tipo puede tener sobre el patrimonio de las familias.
Un censo realizado por el gobierno de la Ciudad de México encontró que 25,042 viviendas sufrieron daños durante los sismo s de ese año. Además, se contabilizaron 370 edificios habitacionales dañados, que requirieron recursos por alrededor de 8,000 millones de pesos.
El costo para los propietarios no terminó cuando cesaron los movimientos telúricos. Los inmuebles afectados tuvieron que atravesar procesos de reparación y reconstrucción, además de disputas relacionadas con el financiamiento de los trabajos.
“Los inmuebles que en 2017 sufrieron daños graves, a la fecha no están en pie todos, porque recuperarlos implica tramitología, burocracia y financiamiento, por lo que, a nueve años de lo ocurrido, las personas siguen sin su patrimonio”, remarca Martínez.
El caso del 19S muestra así una de las consecuencias financieras de llegar a un desastre sin mecanismos de protección previamente establecidos. La reconstrucción depende entonces de encontrar recursos después del siniestro, cuando los propietarios ya enfrentan la pérdida o deterioro de su vivienda.